La negociación colectiva representa un instrumento clave en la regulación de las relaciones laborales. En ésta tarea de ordenación de las mismas y de adaptación al concreto ámbito aplicativo de la normativa legal el convenio colectivo tiene, por naturaleza, la facultad de distinguir, segmentar, diferenciar las condiciones laborales de los trabajadores en virtud de determinados criterios previamente acordados. Tales criterios se refieren generalmente al tiempo efectivo de trabajo, a la cualificación profesional, al nivel de responsabilidad adquirido, a la antigüedad del trabajador o la actividad ejecutada, entre otros. No obstante, la libertad reconocida constitucionalmente de imponer lo pactado a las relaciones individuales de trabajo, no está exenta de límites. En efecto, la sumisión de la negociación colectiva al ordenamiento jurídico y en particular a la Constitución Española nos hace cuestionarnos sobre la eficacia que sobre la misma proyectan los mandatos de igualdad y de no discriminación sancionados en el artículo 14 de la misma. Para ello, resulta necesario realizar una aproximación desde el punto de vista conceptual del contenido del artículo mencionado así como de la propia construcción de la negociación colectiva en nuestro ordenamiento. Analizada esta cuestión, se realiza el examen de una muestra selectiva de convenios colectivos de nivel sectorial estatal, autonómico, provincial y de empresa centrándonos, en particular, en el tratamiento de las condiciones laborales de determinados colectivos de trabajadores caracterizados por una circunstancia personal o social que provoca su sistemática discriminación: por razón de sexo, de nacionalidad, de edad y de discapacidad.
-10%
Avant:26,00 €
Après:23,40 €
TVA incluse
Si votre achat dépasse 19
La negociación colectiva representa un instrumento clave en la regulación de las relaciones laborales. En ésta tarea de ordenación de las mismas y de adaptación al concreto ámbito aplicativo de la normativa legal el convenio colectivo tiene, por naturaleza, la facultad de distinguir, segmentar, diferenciar las condiciones laborales de los trabajadores en virtud de determinados criterios previamente acordados. Tales criterios se refieren generalmente al tiempo efectivo de trabajo, a la cualificación profesional, al nivel de responsabilidad adquirido, a la antigüedad del trabajador o la actividad ejecutada, entre otros. No obstante, la libertad reconocida constitucionalmente de imponer lo pactado a las relaciones individuales de trabajo, no está exenta de límites. En efecto, la sumisión de la negociación colectiva al ordenamiento jurídico y en particular a la Constitución Española nos hace cuestionarnos sobre la eficacia que sobre la misma proyectan los mandatos de igualdad y de no discriminación sancionados en el artículo 14 de la misma. Para ello, resulta necesario realizar una aproximación desde el punto de vista conceptual del contenido del artículo mencionado así como de la propia construcción de la negociación colectiva en nuestro ordenamiento. Analizada esta cuestión, se realiza el examen de una muestra selectiva de convenios colectivos de nivel sectorial estatal, autonómico, provincial y de empresa centrándonos, en particular, en el tratamiento de las condiciones laborales de determinados colectivos de trabajadores caracterizados por una circunstancia personal o social que provoca su sistemática discriminación: por razón de sexo, de nacionalidad, de edad y de discapacidad.
Igualdad, no discriminación y negociación colectiva c'est un livre du genre DROIT de l'auteur Domínguez Morales, Ana édité par EDICIONES CINCA dans l'année 2018.
Igualdad, no discriminación y negociación colectiva a un code ISBN 978-84-16668-49-6 et se compose de 436 pages. Dans ce cas c'est le format papier, mais nous n'avons pas Igualdad, no discriminación y negociación colectiva au format ebook.
15,00 € 14,25 €
36,80 € 34,96 €
Recevez des offres, des nouvelles et bien plus encore dans votre e-mail
Responsable du traitement : Serlogal 2.0 S.L. ; Contact : protecciondatos@serlogal.com
Destinataires : Les transferts de données à des sociétés extérieures à notre groupe ne sont pas prévus.
Droits : Accès, Rectification, Limitation, Opposition et Portabilité.
Des informations détaillées peuvent être consultées dans notre Politique de confidentialité....