Las bases de la sociedad occidental y de sus ordenamientos jurídicos, se asientan sobre los principios del Humanismo cristiano. En el ámbito del Derecho público, el cristianismo aportó la génesis de los principios de dignidad e igualdad de las personas, al considerar que todos, libres o esclavos, señores o siervos, eran iguales ante Dios, así como en el desarrollo de los conceptos de piedad y de caridad. En el campo del Derecho familiar, el cristianismo fue determinante en el establecimiento de la legitimación de los hijos naturales, y en la obligación de dar alimentos a esposa e hijos. En la esfera del Derecho privado, influyó en el otorgamiento de personalidad jurídica a las fundaciones pías, en el desarrollo del principio favor debitoris, que implicaba que cualquier transacción jurídica se interpretaría a favor del deudor. Hoy, sin embargo, padecemos una crisis moral sin precedentes, donde nuestros valores más tradicionales están siendo cuestionados. Investigar la influencia y el tipo de relaciones que ha tenido el cristianismo con las diferentes comunidades en las que se ha insertado es fundamental para la regeneración de la sociedad del siglo XXI que, necesariamente, para su recuperación, debe construirse sobre principios sólidos, enraizados en nuestra tradición cristiana. Uno de esos principios fundamentales es ôel favor debilisö; un principio de aplicación a todo tipo de relaciones jurídicas, como las relaciones laborales, el derecho penal, la protección del consumidor o del menor, informándolas y sirviendo de pauta interpretativa, por lo que precisamente, en estos momentos, es más que conveniente analizar su operatividad para la búsqueda de soluciones ante la crisis que nos afecta.
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Las bases de la sociedad occidental y de sus ordenamientos jurídicos, se asientan sobre los principios del Humanismo cristiano. En el ámbito del Derecho público, el cristianismo aportó la génesis de los principios de dignidad e igualdad de las personas, al considerar que todos, libres o esclavos, señores o siervos, eran iguales ante Dios, así como en el desarrollo de los conceptos de piedad y de caridad. En el campo del Derecho familiar, el cristianismo fue determinante en el establecimiento de la legitimación de los hijos naturales, y en la obligación de dar alimentos a esposa e hijos. En la esfera del Derecho privado, influyó en el otorgamiento de personalidad jurídica a las fundaciones pías, en el desarrollo del principio favor debitoris, que implicaba que cualquier transacción jurídica se interpretaría a favor del deudor. Hoy, sin embargo, padecemos una crisis moral sin precedentes, donde nuestros valores más tradicionales están siendo cuestionados. Investigar la influencia y el tipo de relaciones que ha tenido el cristianismo con las diferentes comunidades en las que se ha insertado es fundamental para la regeneración de la sociedad del siglo XXI que, necesariamente, para su recuperación, debe construirse sobre principios sólidos, enraizados en nuestra tradición cristiana. Uno de esos principios fundamentales es ôel favor debilisö; un principio de aplicación a todo tipo de relaciones jurídicas, como las relaciones laborales, el derecho penal, la protección del consumidor o del menor, informándolas y sirviendo de pauta interpretativa, por lo que precisamente, en estos momentos, es más que conveniente analizar su operatividad para la búsqueda de soluciones ante la crisis que nos afecta.
Tradición jurídica y sociedad actual: el principio del favor debilis (Papel + e-book) es un libro del género DRET del autor García Vilardell, María Rosa editado por ARANZADI en el año 2024.
Tradición jurídica y sociedad actual: el principio del favor debilis (Papel + e-book) tiene un código de ISBN 978-84-11-63951-4 y consta de 304 Pàgines. En este caso se trata de formato paper, pero no disponemos de Tradición jurídica y sociedad actual: el principio del favor debilis (Papel + e-book) en formato ebook.
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